viernes, 19 de abril de 2013

La DGOJ anuncia la regularización de las apuestas cruzadas y slots online

COMUNICACIÓN SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS APUESTAS CRUZADAS Y MÁQUINAS RECREATIVAS DE JUEGO ONLINE

La Dirección General de Ordenación del Juego, una vez estudiadas y analizadas las distintas argumentaciones remitidas durante el proceso de consulta abierto al efecto, ha alcanzado las siguientes conclusiones:

  • El desarrollo reglamentario reforzará la lucha proactiva contra el juego ilegal lo que permitirá la disminución del mercado ilegal existente para ambos tipos de juegos, que es la principal fuente de riesgo para la protección de los derechos de los participantes y en particular de los más vulnerables.
  • La regulación de estos juegos determinará su sujeción a los procedimientos de verificación previa del participante, control de acceso de menores y autoexcluidos, control de acceso de personas vinculadas y demás prohibiciones subjetivas, en relación a los potenciales participantes en los mismos.
  • La regulación supondrá una mejor aplicación de las medidas incorporadas a la Ley 13/2011, respecto a la lucha contra el blanqueo de capitales, la integridad de los eventos, la protección de los usuarios, el juego responsable y el resto de principios orientadores, sin que sean necesarias modificaciones adicionales.
  • La regulación de ambos tipos de juego en su modalidad online es perfectamente compatible con la competencia efectiva en el mercado del juego en su conjunto.
  • No se han apreciado contradicciones con la normativa española, cuyo objetivo es el de regular todas aquellas modalidades y tipologías de juego posibles con el fin de adecuarlas a los principios de la misma. Así, en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del Juego, no se hace ninguna mención restrictiva en relación con las máquinas recreativas de juego online, mientras que en el caso de las apuestas cruzadas, parece claro que la voluntad del legislador fue incluirlas en la regulación estatal al estar mencionadas de forma repetida en la norma.

Como consecuencia de ello, esta Dirección General considera procedente reglamentar los juegos “apuestas cruzadas” y "máquinas recreativas de juego online". La tramitación normativa de ambos tipos de juego se hará de forma consecutiva, iniciándose en primer lugar la correspondiente a las apuestas cruzadas y, posteriormente, para las máquinas recreativas de juego online. Dicho proceso comprende en ambos casos las siguientes etapas:

  1. Elaboración del borrador de Orden Ministerial y memoria de análisis de impacto normativo
  2. Trámite de información pública
  3. Celebración de las Comisiones bilaterales Generalitat-Estado y Junta de Andalucía-Estado
  4. Conformidades Secretarias de Estado del MINHAP
  5. Informe de la Secretaria General Técnica del MINHAP
  6. Aprobación final de la Orden Ministerial

miércoles, 20 de febrero de 2013

Gran Casino Murcia ofrece la ruleta en directo a través de 888

La ruleta en vivo instalada en el Gran Casino Murcia-Rincón de Pepe ha comenzaba ayer a recibir las primeras apuestas online.

De esta forma inicia su actividad el proyecto de colaboración entre el Gran Casino Murcia-Rincón de Pepe y Evolution Gaming por el cual fue instalado un estudio de retransmisión y adecuada una zona de ruleta en vivo dentro del complejo propiedad de Grupo Orenes en Murcia.

Su función será prestar servicio a un gran número de operadores online con manifiesta voluntad por integrar el producto de casino en vivo a sus respectivas operaciones. Gracias a la tecnología blue screen éstos podrán personalizar el producto con sus logos e imágenes de fondo.

El primer operador que ha conseguido la necesaria autorización de la Dirección General de Ordenación del Juego para esta variante de ruleta en vivo ha sido 888 Spain Plc. Desde el pasado lunes, este operador ofrece, dentro del apartado “Casino en Vivo” de su web 888casino.es, el contenido de juego elaborado conjuntamente por el Gran Casino Murcia-Rincón de Pepe y los estudios de Evolution Gaming en Riga.

El horario inicial de servicio de esta ruleta será, ininterrumpidamente, desde las 12:00 PM hasta las 04:00 AM , con lo que se convierte en una de las ofertas más amplias actualmente existentes para este novedoso producto.

Todo el proceso de autorización y licencia cuenta con la aprobación de la regulación nacional sobre juego online y la Ley Reguladora del Juego y Apuestas de la Región de Murcia.

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NOTICIAS ÚLTIMA HORA:



viernes, 15 de febrero de 2013

La DGOJ autoriza al operador 888 a "desarrollar" la 'Ruleta en Vivo'


La DGOJ autoriza al operador 888 a "desarrollar" el juego de la 'Ruleta en Vivo'. La entidad reguladora establece con esto que 888 podrá contar con mesas en las que se practique la variante de juego "Ruleta en Vivo", cuyas normas específicas se establecen en el artículo 14.4

Igualmente, la DGOJ antes de implantar esta variante de juego se requerirá la previa solicitud a la Comisión Nacional del Juego. Según lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de LRJ, hasta la efectiva constitución de la Comisión Nacional del Juego, las competencias previstas para la misma, serán ejercidas por la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

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lunes, 28 de enero de 2013

La DGOJ propone liberalizar los catálogos de apuestas y modifica la definición del Bingo

La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) ha presentado un proyecto normativo por el que se modifican diferentes órdenes ministeriales relativas a distintos tipos de juego. Así, el agente regulador propone no controlar los catálogos de apuestas de las empresas y librarse de esta obligación. "En relación con las apuestas, ya sean deportivas o hípicas, se suprime la obligación del ente regulador de aprobar y publicar los catálogos de competiciones y eventos que podrán ser incluidos por los operadores en sus programas de apuestas, así como la de aprobar y publicar la relación de los hechos o acontecimientos que podrán ser objeto de cada clase de apuesta". Eso sí, los operadores de juego estarían obligados a presentar a la DGOJ su programa de apuestas.

A este respecto, el ente regulador ha modificado la reglamentación básica de las "Otras apuestas de contrapartida", por la que la DGOJ no podrá "suspender" el programa de apuestas de los operadores. "Se establece únicamente que el operador deberá poner el programa en conocimiento del ente regulador del juego a los meros efectos de su conocimiento". También, en relación con este tipo de apuestas, se modifica la definición de evento por el que amplia los hechos o acontecimientos que pueden ser objeto de dichas apuestas.

Por otro lado, mediante esta modificación del proyecto también se aprueba la reglamentación básica del juego del bingo. En ella, se incluye, además del bingo con números y combinaciones numéricas, el bingo con símbolos/signos o la combinación de los anteriores. En este mismo sentido, "y con el fin de eliminar restricciones anticompetitivas" se suprime la relación de las clases del juego del bingo.

En cuanto al apartado de “Supresión de los catálogos de competiciones y eventos deportivos e hípicos”, se suprime la obligación correspondiente a la Comisión Nacional del Juego de aprobar, publicar y modificar, tanto los catálogos de competiciones y eventos deportivos e hípicos, como la relación de objetos de apuesta incluidos en el programa fijado por el operador.

domingo, 6 de enero de 2013

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